AMAPOLA SEMILLAS

AMAPOLA SEMILLAS

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Alérgenos y características

Sin gluten

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Más información

Amapola (PAPAVER RHOEAS L.) semillas.

La amapola está considerada como sedante y antitusiva, siendo aconsejada en los trastornos menores del sueño y en la exaltación de las palpitaciones. En España se autoriza el uso de esta planta para el tratamiento del insomnio, ansiedad, emotividad. Tos benigna. Dos cucharadas de semillas de amapola, proporcionan el 25% % del calcio diario.

Amapola (PAPAVER RHOEAS L.) semillas.

Las semillas de amapola, tostadas, son muy apreciadas para condimentar panes de semillas. A veces se utilizan junto con semillas de sésamo, o de girasol, en los panes integrales.

Beneficios

  • Son una buena fuente de proteína, minerales y fibra.
  • Contienen ácidos grasos saludables, Omega-3 y Omega-6, favoreciendo el sistema cardiovascular y ayudando a bajar los niveles de colesterol y triglicéridos.
  • Colaboran en el funcionamiento de un sistema nervioso sano y saludable. Gracias a su contenido en determinados alcaloides, actúan como sedante natural, ayudan a calmar los nervios, reducir el estrés y los problemas de sueño.
  • Suelen utilizarse para ayudar a calmar la tos y como expectorante.
  • Poseen propiedades antioxidantes.
  • Dos cucharadas de semillas de amapola, proporcionan el 25% y el 32% del calcio diario y la ingesta de cobre recomendados, respectivamente.
  • Son un alimento fácil de ingerir y de asimilar por el organismo, lo que las convierte en un bocado práctico y sencillo

Uso

Las semillas de amapola poseen un sabor suave, ideal para que puedan combinarse con una gran variedad de platos y ofrezcan una extremada versatilidad. Por lo general, suelen emplearse en panadería, en alimentos horneados como bizcochos, tostadas y galletas, pero también es posible aplicarlas en platos salados, sobre ensaladas, caldos o simplemente en infusiones.

CARACTERÍSTICAS ORGANOLÉPTICAS

Color: negro grisáceo
Olor:suave
Aspecto: semillas esféricas

Valores nutricionales (100 gramos)

Energía Kcal

598

Grasa (g)

Grasas trans (g)

Grasa saturada (g)

41.6

0.0

4.5

Hidratos de Carbono (g)

Azucares (g)

28.1

3

Fibra alimentaria (g)

19.5

Proteína (g)

18

Sal (mg)

65

Contraindicaciones
Por su contenido en alcaloides, se recomienda no usar la amapola durante el embarazo, ni en niños pequeños. Usar con precaución y de forma discontinua, sobre todo en niños.

Conservación

Mantener en lugar fresco y seco, alejado de fuertes olores y fuentes de contaminación.

DECLARACIÓN DE ALÉRGENOS

Conforme a ficha técnica del/ los proveedore/s:

NO contiene GLUTEN COMO INGREDIENTE,PERO NO SE PUEDE GARANTIZAR LA AUSENCIA DE TRAZAS.

ALÉRGENOS: No contiene alérgenos como ingredientes.

Por contaminación cruzada puede contenerTRAZAS de apio, frutos secos, mostaza y sésamo.

Tanto en nuestras instalaciones como en la de nuestro proveedor se llevan a cabo procesos de limpieza e higienización después de cada producción para evitar las contaminaciones cruzadas, así como sistemas de autocontrol y verificación para la confirmación de ausencia de trazas,. No obstante,no podemos afirmar que los productos estén exentos de alérgenos presentes en planta a causa de una contaminación accidental.

DIRECTIVA COMUNITARIA 2006/142/CE RELATIVA A INGREDIENTES Y ETIQUETADO DE ALERGENOS

Conforme a la directiva 2003/89/CE a continuación se detalla una lista de ingredientes alérgenos que deberán ser mencionados en el etiquetado con objetivo de la protección de los consumidores ya que la presencia de estas sustancias puede producir alergias.

ALESFRAMA, SL dispone de un Sistema de Gestión de Alérgenos según Reglamentos 609/13 y 1169/2011.

DECLARACIÓN DE ALÉRGENOS

Según el REAL DECRETO 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios y sus posteriores modificaciones. Y el anexo II del REGLAMENTO (UE) N o 1169/2011 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n o 1924/2006 y (CE) n o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n o 608/2004 de la Comisión.

Dicho producto se ajusta a:

Sustancia

Presenteen producto

Presenteen planta

Cereales que contengan gluten: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados.

No

Crustáceos y productos a base de crustáceos.

No

No

Huevos y productos a base de huevo.

No

No

Pescado y productos a base de pescado.

No

No

Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.

No

No

Soja y productos a base de soja.

No

No

Leche y sus derivados (incluida la lactosa).

No

No

Frutos de cáscara: almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, alfóncigos, nueces macadamia o nueces de Australia y productos derivados.

No

Apioy productos derivados.

No

Mostazay productos derivados.

No

Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.

No

Si

Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro en términos de SO2 total.

No

No

Altramuces y productos a base de altramuces.

No

No

Moluscos y productos a base de moluscos.

No

No

DECLARACIÓN DE NO MODIFICADO GENÉTICAMENTE

  1. El producto no entra dentro del ámbito de aplicación de los Reglamentos (CE) 1829/2003 (alimentos y piensos OMG) y (CE) 1830/2003. Es decir, no contiene ni está compuesto por OMG, ni se ha producido a partir de OMG ni contiene ingredientes producidos a partir de OMG. Por tanto, no está sujeto a los requisitos específicos en materia de etiquetado establecidos en el citado reglamento.
  2. Si hubiera una contaminación accidental de OMG, esta no superaría los umbrales establecidos en dicho reglamento.
  3. Nuestro proveedor tiene establecido un sistema de identidad que garantiza los dos apartados anteriores.
  4. No se realizará ningún cambio en el producto suministrado sin que el cliente sea previamente informado.

LEGISLACIÓN APLICABLE

  • REGLAMENTO (CE) no 2073/2005 DE LA COMISIÓN de 15 de noviembre de 2005 relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios
  • Reglamento (CE)No1830/2003, de 22 de Septiembre de 2003,relativo a la trazabilidad y al etiquetado de organismos modificados genéticamente y a la trazabilidad de los alimentos y piensos producidos a partir de éstos, y por el que se modifica la Directiva 2001/18/CE
  • Reglamento (CE)No1829/2003, de 22 de Septiembre de 2003,sobre alimentos y piensos modificados genéticamente
  • Reglamento (UE) No. 1669/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada alconsumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n o 1924/2006 y (CE) n o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n o 608/2004 de la Comisión
  • Reglamento (CE) No 178/2002 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 28 de enero de 2002 por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria y posteriores modificaciones
  • Reglamento (CE) Nº 852/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios
  • REGLAMENTO (CE) No 1881/2006 DE LA COMISIÓN de 19 de diciembre de 2006 por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios y posteriores modificaciones.
  • REGLAMENTO (CE) NO 396/2005 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de febrero de 2005 relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal y que modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo